La AP de Las Palmas absuelve en primera instancia a un empresario de los delitos contra Hacienda y la Seguridad Social en relación con su gestión al frente de la empresa Seguridad Integral Canaria (SIC); fallo absolutorio que se extiende también a la persona que le sucedió como administrador.
Para el TS, el reintegro por el trabajador de cantidades indebidamente percibidas debe realizarse en cuantía bruta con la inclusión de la cantidad retenida a cuenta del IRPF.