Beneficios para la empresa

REDUCCIÓN DE CUOTAS EN LA SEGUIDAD SOCIAL

Reducción de las cuotas empresariales del 100% a la Seguridad social para empresas con hasta 250 trabajadores, es decir, la empresa paga por su empleado 0 euros.

Reducción del 75% para las empresas con más de 250 trabajadores.

En caso de no poder bonificarse los seguros sociales por no cumplir los requisitos exigidos por la ley, la  cotización del contrato de formación en alternancia es siempre fija y reducida.

RETRIBUCIÓN SALARIAL

Salario en proporción al tiempo de trabajo efectivo realizado, según el convenio colectivo.

Salario en proporción al tiempo de trabajo efectivo realizado, según el convenio colectivo.

INCENTIVOS POR LA CONVERSIÓN A INDEFINIDO

Si la empresa decide hacer indefinido al trabajador cuando éste finaliza su contrato de formación en alternancia, puede beneficiarse de una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante 3 años de:

  • HOMBRE: 1.500€ / año
  • MUJER: 1.800€/ año

SIN LÍMITE DE PLANTILLA

La empresa puede tener tantos contratos de formación en alternancia como necesite y un trabajador puede volver a ser contratado para la formación si lo hace en una actividad laboral distinta.

BONIFICACIÓN POR TUTORIZACIÓN PARA LA EMPRESA

La empresa debe designar a un tutor laboral para apoyar y guiar al empleado con contrato en alternancia.

Por esta labor de tutorización la empresa puede bonificarse de manera adicional hasta 80 euros mensuales, según el número de horas y el tamaño de la plantilla.

FORMACIÓN BONIFICADA A COSTE 0

  • La formación del alumno-trabajador está totalmente bonificada por el Servicio Público de Empleo (SEPE), por lo que esta formación tiene un coste 0 para la empresa y el trabajador.
  • Está relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar.

Beneficios para la Empresa y Ventajas para el Trabajador

Ventajas para el trabajador

TITULACIÓN OFICIAL Y NO ACREDITABLE

La formación profesional adquirida por el trabajador será conducente a la adquisición del Certificado de Profesionalidad, Formación Profesional o Acreditación parcial acumulable  correspondiente a la actividad realizada.

Una titulación oficial reconocida en todo el territorio europeo.

En caso de formación no acreditable por organismo público recibirá de nuestro centro o bien un Diploma acreditativo o, en su defecto, un Certificado de Asistencia.

MERCADO DE TRABAJO

Esta modalidad contractual:

  • Facilita la incorporación al mercado de trabajo de los jóvenes.
  • Goza de todas las coberturas básicas en materia de Seguridad Social incluida la prestación por desempleo.

FORMACIÓN ONLINE

El alumno podrá realizar toda su formación a través de un campus virtual sin necesidad de desplazarse a un centro de formación.

TRABAJADORES MEJOR FORMADOS Y MOTIVADOS

El alumno adquiere conocimientos teórico-prácticos relacionados con su puesto de trabajo.

Autónomos

Los autónomos también se pueden beneficiar del Contrato de Formación.

  • El autónomo puede contratar a hijos menores de 30 años con esta modalidad contractual, independientemente de que estos convivan o no con él, teniendo derecho a una reducción del 100% de las cuotas a la Seguridad Social.
  • Además, también podrá aprovecharse de esta bonificación el autónomo sin asalariados que contrate a un solo familiar, siempre que no conviva con él ni esté a su cargo.